ACUMULACION, INDIVIDUALIZACION DE LA PENA EN CASO DE.
En casos de acumulación, es inadmisible el criterio en el sentido de que debe imponerse la pena del delito mayor sin agravar esa pena, pues tal criterio es diverso al que sigue nuestra legislación, ya que el artículo 64 del Código Penal del Distrito Federal adopta el sistema de la acumulación jurídica de las distintas penas, de acuerdo con lo cual se aplica la pena del delito más grave, pero con un aumento potestativo del Juez proporcionado al número y a la gravedad de las penas absorbidas correspondientes a los distintos, y la facultad del Juez para aplicar ese aumento está determinada por la temibilidad del sujeto.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/235546-18e5a924/acumulacion-individualizacion-de-la-pena-en-caso-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
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