ROBO, PARTICIPACION EN EL, Y NO ENCUBRIMIENTO.
La reiteración y la habitualidad en la compra de objetos robados a las mismas personas, hace al comprador participe del delito de robo, en tanto que constituye el motor de la conducta del apoderamiento de los objetos, porque el que materialmente ejecuta la apropiación tiene plena conciencia de obtener el fruto de su apoderamiento, convirtiéndose así el comprador en inductor.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/235943-9a30ca97/robo-participacion-en-el-y-no-encubrimiento · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 5228/73. Dionisio de León Vázquez. 7 de marzo de 1974. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Abel Huitrón y Aguado.
Jurisprudencia relacionada
- ROBO, INDUCCION AL DELITO DE. LA COMPRA REITERADA A LA MISMA PERSONA DE OBJETOS PROVENIENTES DE ESE ILICITO LA IMPLICA. (VI.1o.109 P)
- ROBO, ENCUBRIMIENTO POR RECEPTACION Y PARTICIPACION. (s/clave)
- ROBO, ENCUBRIMIENTO POR RECEPTACIÓN Y PARTICIPACIÓN.- (2787)
- ENCUBRIMIENTO EN EL DELITO DE ROBO. (s/clave)
- ENCUBRIMIENTO Y PARTICIPACION EN EL DELITO DE ROBO. DIFERENCIA DE AMBOS CONCEPTOS. (s/clave)
- ROBO, CONSUMACIÓN DEL. (242)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis