Corpus
Modo: Corpus Pro

PERJUICIO, BASE DEL AMPARO.

Clave: — · Registro digital (IUS): 237233 · Tipo: Tesis aislada
Época: 7a. Época · Instancia: Segunda Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 205-216, Tercera Parte; Pág. 127

No debe confundirse el que el acto reclamado no viole garantías individuales cuando esté ajustado a la ley y que, por lo mismo, deba negarse el amparo, con la falta de perjuicio jurídico, porque dicho perjuicio puede causarse en obedecimiento a la aplicación de algún precepto legal que restrinja los derechos que crea tener el interesado, y, consiguientemente, si es cierto el acto reclamado y queda demostrado que se afectan los intereses del que ocurre al juicio de garantías, no debe sobreseerse en él por improcedencia.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/237233-9050aa34/perjuicio-base-del-amparo · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo en revisión 9357/84. Miguel Hernández y coagraviados (Núcleo Ejidal Colón, Municipio de Izúcar de Matamoros, Estado de Puebla). 13 de agosto de 1986. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Noé Castañón León. Ponente: Carlos de Silva Nava. Secretario: Héctor Alberto Arias Murueta. Séptima Epoca, Tercera Parte: Volumen 76, página 41. Amparo en revisión 4489/74. Comunidad Agraria del Poblado "La Encarnación", Municipio de Acámbaro, Guanajuato. 30 de abril de 1975. Cinco votos. Ponente: Pedro Guerrero Martínez. Secretario: Juan Díaz Romero. Quinta Epoca: Tomo LII, página 450. Amparo en revisión 5623/36. Covarrubias González María de la Luz. 14 de abril de 1937. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Jesús Garza Cabello. Relator: José María Truchuelo. Secretario: Alfonso de Silva. Véase Semanario Judicial de la Federación: Quinta Epoca, Tomo LXVIII, página 559, tesis de rubro "PERJUICIO BASE DEL AMPARO.". Sexta Epoca, Tercera Parte, Volumen I, página 48, tesis de rubro "PERJUICIO, BASE DEL AMPARO.". Nota: En el Volumen 76, página 41, la tesis aparece bajo el rubro "PERJUICIO JURIDICO ESPECIFICO, BASE DEL AMPARO.".

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