Corpus Iuris Corpus · Iuris
✦ Corpus Búsqueda libre Leyes Jurisprudencia Precedentes Actualización legal

IMPORTACION TEMPORAL DE MERCANCIAS, PRORROGA DEL TERMINO PARA LA. PRUEBA. CORRESPONDE A LA PERSONA INTERESADA.

Clave: — · Registro digital (IUS): 238370 · Tipo: Tesis aislada
Época: 7a. Época · Instancia: Segunda Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 80, Tercera Parte; Pág. 37

Aun cuando el artículo 328, en su segundo párrafo, del Código Aduanero, dispone que la Dirección General de Aduanas al otorgar una prórroga lo debe comunicar tanto a los peticionarios como a las oficinas de su dependencia que hayan intervenido en las operaciones y a la Contaduría de la Federación, también es cierto que ello no exime a la parte interesada de la obligación de probar la existencia de la prorroga otorgada, antes del vencimiento del plazo de la importación temporal y antes de que se haga la declaratoria de que la importación se ha convertido en definitiva.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/238370-510e92bf/importacion-temporal-de-mercancias-prorroga-del-termino-para · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo 4299/73. Afianzadora Mexicana, S.A. 13 de agosto de 1975. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Pedro Guerrero Martínez. Nota: En el Informe de 1975, la tesis aparece bajo el rubro "IMPORTACION TEMPORAL DE MERCANCIAS, PRORROGA DEL TERMINO PARA. CORRESPONDE PROBAR SU OTORGAMIENTO A LA PERSONA INTERESADA.".

Jurisprudencia relacionada

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis