Corpus Iuris Corpus · Iuris
✦ Corpus Búsqueda libre Leyes Jurisprudencia Precedentes Actualización legal

CHEQUES, DEPOSITO A LA VISTA EN CUENTA DE. ESTABLECE OBLIGACIONES UNICAMENTE ENTRE DEPOSITANTE Y DEPOSITARIO.

Clave: — · Registro digital (IUS): 239507 · Tipo: Tesis aislada
Época: 7a. Época · Instancia: Tercera Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 217-228, Cuarta Parte; Pág. 96

Conforme a lo dispuesto por los artículos 269, 270 y 274 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito el depósito a la vista, en cuenta de cheques, establece vínculos y obligaciones únicamente entre el depositante y el depositario, o depositantes en la hipótesis de pluralidad de éstos, por lo que si en una cuenta colectiva de cheques se pacta que para disponer de la cantidad depositada era necesaria la firma conjunta de varios o de todos los cuentahabientes, por falta de una de esas firmas el banco librado puede rehusar el pago de los cheques sin su responsabilidad, con estricto apego al contrato de depósito.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/239507-2e1e0e05/cheques-deposito-a-la-vista-en-cuenta-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo 5760/86. Guillermo Zanela García. 2 de marzo de 1987. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Victoria Adato Green de Ibarra. Secretario: Leonel Valdés García. Nota: En el Informe de 1987, la tesis aparece bajo el rubro "DEPOSITO A LA VISTA EN CUENTA DE CHEQUES. ESTABLECE OBLIGACIONES UNICAMENTE ENTRE DEPOSITANTE Y DEPOSITARIO.".

Jurisprudencia relacionada

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis