Corpus Iuris Corpus · Iuris
✦ Corpus Búsqueda libre Leyes Jurisprudencia Precedentes Actualización legal

PAGARE DOMICILIADO. SI TIENE ESE CARACTER EL QUE SEÑALA COMO LUGAR DE PAGO EL DOMICILIO DEL BENEFICIARIO.

Clave: — · Registro digital (IUS): 239672 · Tipo: Tesis aislada
Época: 7a. Época · Instancia: Tercera Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 217-228, Cuarta Parte; Pág. 228

De conformidad con lo establecido por el artículo 173 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito tienen calidad de pagarés domiciliados no sólo los que también señalan domiciliatario sino todos aquellos en los que se especifica un domicilio para hacer el pago, por lo que si se señala el domicilio del beneficiario sí se trata de un pagaré domiciliado con la consecuencia de que será en dicho domicilio en el que deberá presentarse el pagaré al suscriptor para hacer el pago.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/239672-636431a4/pagare-domiciliado-si-tiene-ese-caracter-el-que · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo 4335/78. Francisco A. Casasús y otros. 9 de febrero de 1987. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Jorge Olivera Toro en ausencia del Ministro Ernesto Díaz Infante. Secretario: Guillermo A. Hernández Segura.

Jurisprudencia relacionada

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis