LETRAS DE CAMBIO. NO PIERDEN SU VALIDEZ SI SE ALTERA EL NOMBRE DEL GIRADO PARA HACERLO COINCIDIR CON EL DEL ACEPTANTE.
Si lo que se enmienda es únicamente el nombre del girado para hacerlo coincidir con el de la persona que firmó admitiendo la obligación de pago, el título de crédito no pierde su validez ni su carácter, pues tal modificación, por sí sola, no entraña lesión a los elementos esenciales que lo componen, pero sobre todo, no destruye la manifestación del aceptante, que al momento de suscribirla, expresó su conformidad en satisfacer el importe respectivo.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/239972-fcf88289/letras-de-cambio-no-pierden-su-validez-si · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
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