PRUEBA TESTIMONIAL, VALORACION DE LA. SISTEMA QUE SIGUE NUESTRO DERECHO. (LEGISLACION DEL ESTADO DE QUERETARO).
Nuestro derecho sigue el sistema mixto en materia de apreciación de las pruebas, dentro del cual se concede arbitrio al juzgador en la apreciación de la testimonial; especialmente, el artículo 386 del Código de Procedimientos del Estado de Querétaro determina que la prueba testimonial será valorizada según el prudente arbitrio del Juez, de donde hay que concluir que, si la apreciación del ad quem no contradice los principios de la lógica o los de la sana crítica, debe respetarse.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/240375-0d8269d9/prueba-testimonial-valoracion-de-la-sistema-que-sigue · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
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