TESTIGOS. SU DICHO CARECE DE EFICACIA PROBATORIA, AUN CUANDO ENTRE SI, SUBSTANCIALMENTE SEAN COINCIDENTES, SI DIFIEREN DE LO AFIRMADO EN LA DEMANDA POR SU PRESENTANTE.
No puede otorgarse eficacia probatoria alguna a las declaraciones de los testigos, por el sólo hecho de que éstas, entre sí, sean coincidentes en lo substancial, si las mismas difieren, en lo esencial, de las afirmaciones hechas en la demanda por quien los presente; pues es evidente que si tales testimonios divergen de las aseveraciones que su presentante hizo en su demanda, con relación a los hechos en que ésta se funda, tal probanza no puede válidamente acreditar hechos afirmados por el actor; o sea, que la congruencia no sólo debe existir entre la demanda y la sentencia, conforme al artículo 81 del Código de Procedimientos Civiles, sino también entre los hechos constitutivos de la acción o de la excepción y la prueba del actor o demandado.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/240394-39996c75/testigos-su-dicho-carece-de-eficacia-probatoria-aun · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- TESTIGOS, VALOR PROBATORIO DE LAS DECLARACIONES DE LOS. (s/clave)
- TESTIGOS, APRECIACION DEL SUS DECLARACIONES. (s/clave)
- TESTIGOS, VALOR PROBATORIO DE SUS DECLARACIONES. (s/clave)
- TESTIGOS, RAZON DE SU DICHO. (s/clave)
- PRUEBA TESTIMONIAL. SU VALORACIÓN. (I.8o.C. J/24)
- PRUEBA TESTIMONIAL. SU VALORACIÓN. (1188)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis