PRUEBA PERICIAL DE LAS PARTES, VALOR INSUFICIENTE DE LA.
El juicio de peritos lo integra la opinión de tres personas, con conocimientos técnicos del problema; en tal virtud, los dictámenes rendidos por los peritos nombrados por ambas partes no pueden tomarse en consideración si son insuficientes, si no siendo coincidentes, no rindió su opinión un tercer perito en discordia y si los dictámenes rendidos, en realidad, no resuelven el problema planteado y, por ello, si ambos peritajes contrarrestan entre sí su eficacia probatoria, no pueden tomarse plenamente en consideración.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/240802-fb13d8b6/prueba-pericial-de-las-partes-valor-insuficiente-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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