Corpus Iuris Corpus · Iuris
✦ Corpus Búsqueda libre Leyes Jurisprudencia Precedentes Actualización legal

DIVORCIO, FALTA DE MINISTRACION DE ALIMENTOS COMO CAUSAL DE.

Clave: — · Registro digital (IUS): 241367 · Tipo: Tesis aislada
Época: 7a. Época · Instancia: Tercera Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 82, Cuarta Parte; Pág. 71

Para que proceda la causal de divorcio por la negativa de uno de los cónyuges a dar alimentos a que se refiere la fracción XII del artículo 267 del Código Civil del Distrito y Territorios Federales y los Códigos de los Estados que tienen igual disposición, como regla general, debe demostrarse que previamente al ejercicio de la acción y ante la negativa del cónyuge demandado para ministrar alimentos, el cónyuge actor pidió el aseguramiento de bienes o el embargo de sueldos en contra de aquél, y que a pesar de esto no logró hacer efectivos los derechos establecidos en los artículos 165 y 166 del mencionado Código Civil, a no ser que el demandado careciera de bienes o de trabajo, por el cual percibiera un sueldo o un salario, sobre los cuales pudiera hacer efectiva la pensión alimenticia, en cuyo caso bastaría demostrar esta circunstancia que haría innecesaria la promoción de las medidas de aseguramiento antes mencionadas.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/241367-b9c44501/divorcio-falta-de-ministracion-de-alimentos-como-causal · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo 197/75. María Esther Uribe Montiel de De la Cruz. 15 de octubre de 1975. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: David Franco Rodríguez. Secretario: Efraín Ochoa Ochoa. Séptima Epoca, Cuarta Parte: Volumen 64, página 27. Amparo directo 1472/73. Soledad Amparo Gomar Hernández. 15 de abril de 1974. Cinco votos. Ponente: José Ramón Palacios Vargas. Secretario: José Rojas Aja. Volumen 31, página 39. Amparo directo 3482/68. María Catalina Suárez de Moreno. 1o. de julio de 1971. Cinco votos. Ponente: Mariano Azuela. Volumen 26, página 29. Amparo directo 5075/69. José Luis Martínez Sánchez. 4 de febrero de 1971. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Ernesto Solís. Volumen 18, página 46. Amparo directo 7681/62. Martha Castañeda de Núñez. 25 de junio de 1970. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Rafael Rojina Villegas. Quinta Epoca: Tomo CXXX, página 632. Amparo directo 197/56. Rita Tello de Tello. 30 de noviembre de 1956. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Mariano Ramírez Vázquez. Véase: Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1975, Cuarta Parte, Tercera Sala, tesis 175, página 531, bajo el rubro "DIVORCIO, NEGATIVA A DAR ALIMENTOS COMO CAUSAL DE.". Nota: En los Volúmenes 64, 31 y 18, páginas 27, 39 y 46, respectivamente, la tesis aparece bajo el rubro "DIVORCIO, NEGATIVA A DAR ALIMENTOS COMO CAUSAL DE.". En el Tomo CXXX, página 632, la tesis aparece bajo el rubro "DIVORCIO, NEGATIVA A DAR ALIMENTOS COMO CAUSAL DE.".

Jurisprudencia relacionada

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis