VIA. ESTUDIO DE SU PROCEDENCIA. LEY APLICABLE.
El señalamiento de la vía en la que deben tramitarse los juicios en los Estados de la República, es a todas luces una facultad de las legislaciones locales con motivo de su soberanía, y en esas circunstancias las leyes de los Estados sólo deben aplicarse en su propio territorio y no son obligatorias fuera de él, máxime que tratándose de procedimientos judiciales del orden común no existe reenvío entre legislaciones diversas, ya que todo juicio debe seguirse conforme a las leyes del Estado en que se establece la controversia.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/241825-0fd5851a/via-estudio-de-su-procedencia-ley-aplicable · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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