DIVORCIO, ABANDONO DEL DOMICILIO CONYUGAL COMO CAUSAL DE.
La procedencia de la acción apoyada en la causal de divorcio necesario prevista en la fracción VIII del artículo 267 del Código Civil, relativa al abandono del hogar conyugal por mas de seis meses sin causa justificada, impone para el actor la carga procesal de demostrar plenamente estos elementos: 1. La existencia del domicilio conyugal. 2. El abandono del mismo por el cónyuge demandado por más de seis meses consecutivos, y 3. La falta de motivo justificado para dicho abandono.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/241842-15d12cda/divorcio-abandono-del-domicilio-conyugal-como-causal-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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