PRUEBAS, ADMISION DE, NUEVAS, PROPUESTAS EN LA AUDIENCIA RESPECTIVA.
Mientras la Junta del conocimiento no declare, mediante acuerdo, cerrado el período de ofrecimiento de pruebas, las partes están facultadas, durante el desarrollo de la audiencia respectiva, para ofrecer las que consideren pertinentes, siempre que se relacionen con los puntos controvertidos, de manera que concurriendo dichas circunstancias, las nuevas pruebas propuestas deben estimarse como oportunamente ofrecidas.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/243603-4829e238/pruebas-admision-de-nuevas-propuestas-en-la-audiencia · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 2206/73. Yolanda Ramírez Almazán. 27 de agosto de 1975. Cinco votos. Ponente: Ramón Canedo Aldrete. Secretario: Alberto Alfaro Victoria.
Séptima Epoca, Quinta Parte:
Volumen 79, página 23. Amparo directo 6074/74. Cesar Cell Gómez. 11 de julio de 1975. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Jorge Saracho Alvarez. Secretario: Eduardo Aguilar Cota.
Volumen 79, página 23. Amparo directo 1675/75. José Isabel Izaguirre Cedillo. 9 de julio de 1975. Cinco votos. Ponente: Ramón Canedo Aldrete.
Volumen 78, página 19. Amparo directo 4424/74. Petróleos Mexicanos. 20 de junio de 1975. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Ramón Canedo Aldrete.
Nota:
En el Volumen 78, página 19 y Volumen 79, página 23, la tesis aparece bajo el rubro "OFRECIMIENTO DE PRUEBAS, ORDEN DEL, EN LA AUDIENCIA.".
En el Informe de 1975, la tesis aparece bajo el rubro "AUDIENCIA RESPECTIVA.".
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