SALARIOS CAIDOS, RECLAMACION NECESARIA DE LOS.
Para que las Juntas, puedan condenar al pago de salarios caídos, es preciso que el actor los reclame, ya que de otra manera la autoridad juzgadora no puede hacerlo, en virtud de que sus resoluciones deben de ser congruentes con la demanda y con las demás pretensiones deducidas oportunamente en el juicio.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/243618-1484ed46/salarios-caidos-reclamacion-necesaria-de-los · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 2756/74. Trinidad Sosa Niño. 25 de julio de 1975. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: María Cristina Salmorán de Tamayo.
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