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Modo: Corpus Pro

VIOLACION DE PROCEDIMIENTO EN RELACION CON REVOCACION DE RESOLUCIONES POR LAS JUNTAS. NO PUEDE HACERSE VALER EN AMPARO DIRECTO.

Clave: — · Registro digital (IUS): 243655 · Tipo: Tesis aislada
Época: 7a. Época · Instancia: Cuarta Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 76, Quinta Parte; Pág. 27

El hecho de que las Juntas revoquen sus resoluciones, no se encuentra comprendido como violación procesal en el artículo 159 de la Ley de Amparo, que pueda hacerse valer por el quejoso en el amparo directo.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/243655-fd074c1b/violacion-de-procedimiento-en-relacion-con-revocacion-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo 4853/74. Ferrocarriles Nacionales de México. 3 de abril de 1975. Cinco votos. Ponente: Salvador Mondragón Guerra.

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