LAUDOS, INCONGRUENCIA DE LOS.
Si en el laudo la Junta absuelve en términos generales a la empresa de todos los conceptos reclamados por el trabajador sin expresar qué pruebas la llevan a esa conclusión, este motivo hace violatorio de garantías dicho laudo, en virtud de que las Juntas están obligadas, conforme a lo dispuesto por el artículo 776 de la nueva Ley Federal del Trabajo, a resolver por medio de laudos claros, precisos y congruentes con la demanda y con las demás pretensiones deducidas oportunamente en el negocio.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/244078-4b1e2986/laudos-incongruencia-de-los · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 321/73. Daniel Bautista Melo. 3 de mayo de 1973. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: María Cristina Salmorán de Tamayo.
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