LAUDOS INCONGRUENCIA DE LOS.
Independientemente de que sea jurídico o no sostener que un convenio es equiparable a un laudo, en cuanto a las consecuencias de su incumplimiento y de que el procedimiento seguido por el trabajador para reclamarlo, sea, o no el adecuado, la Junta deberá estudiar las acciones y excepciones tal como fueron planteadas por las partes. Ahora bien, si en vez de hacerlo así, las examinó alterando los términos de la litis, se impone concluir que el laudo es incongruente.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/368483-a86fbade/laudos-incongruencia-de-los · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 4739/50. Santos Cárdenas María. 10 de septiembre de 1951. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Hermilo López Sánchez. Relator: Arturo Martínez Adame.
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