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Modo: Corpus Pro

ANTIGÜEDAD. EFECTOS DEL LAUDO QUE LA RECONOCE.

Clave: — · Registro digital (IUS): 244089 · Tipo: Tesis aislada
Época: 7a. Época · Instancia: Cuarta Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 52, Quinta Parte; Pág. 15

El trabajador que ocupa indebidamente una vacante definitiva, no tiene derecho a que la empresa le reconozca antigüedad cuando en el juicio laboral se condene a ésta a otorgar la citada vacante al trabajador con mejor derecho y a reconocerle antigüedad desde la fecha en que se concedió dicho puesto al primero, en virtud de ser una consecuencia del laudo respectivo.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/244089-53e3d303/antiguedad-efectos-del-laudo-que-la-reconoce · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo 5602/72. Alejandro Carvajal Servín. 5 de abril de 1973. Cinco votos. Ponente: Salvador Mondragón Guerra.

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