SALARIOS, DESCUENTOS A LOS, POR CONVENIO PREVIO EN EL CONTRATO.
Cuando los trabajadores convienen con la empresa por conducto del sindicato contratante, la forma en que se les harán los descuentos para cubrir las responsabilidades en que incurran, es innecesario que en cada caso particular se acuerde el monto de los descuentos, siempre que no sean mayores del treinta por ciento del excedente del salario mínimo.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/244347-3c2bb511/salarios-descuentos-a-los-por-convenio-previo-en · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 400/72. Ferrocarriles Nacionales de México. 5 de julio de 1972. Cinco votos. Ponente: Manuel Yáñez Ruiz.
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