SALARIOS, DESCUENTOS A LOS, CONSENTIDOS PREVIAMENTE.
El consentimiento de los trabajadores para permitir los descuentos a que se refiere el artículo 91 de la ley laboral, existe pactado previamente a la presentación de los casos concretos en que se ordenen, cuando se ha pactado en el contrato.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/275121-157409ae/salarios-descuentos-a-los-consentidos-previamente · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 7335/59. Ferrocarriles Nacionales de México. 2 de febrero de 1961. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Gilberto Valenzuela.
Jurisprudencia relacionada
- SALARIOS, DESCUENTOS A LOS. (s/clave)
- SALARIO, DESCUENTOS AL. (s/clave)
- DESCUENTOS A LOS TRABAJADORES. (s/clave)
- SALARIOS. CASO EN QUE PUEDEN AFECTARSE CON DESCUENTOS. (s/clave)
- SALARIOS, DESCUENTOS A LOS, PACTADOS EN EL CONTRATO DE TRABAJO. (s/clave)
- SALARIOS, DESCUENTOS DE LOS, PREVENIDOS EN EL CONTRATO COLECTIVO. (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis