RIESGO PROFESIONAL, INDEMNIZACION POR.
La acción de indemnización por riesgo profesional procede cuando se prueba el accidente o enfermedad profesionales y la incapacidad que de ellos resulte, de manera que, justificado lo anterior, la Junta debe fijar la indemnización de acuerdo con el contrato colectivo de trabajo o bien con la Ley Federal del Trabajo, cuando el beneficiario no ofrece como prueba aquel contrato, ni las cláusulas respectivas.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/244483-a2537334/riesgo-profesional-indemnizacion-por · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 4954/71. Ferrocarriles Nacionales de México. 1o. de marzo de 1972. Cinco votos. Ponente: Salvador Mondragón Guerra.
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