CONFESION COACCIONADA.
La circunstancia de que el inculpado al declarar en su preparatoria ante el Juez de su causa se retracta del contenido de su primitiva declaración vertida ante el representante social, en la que confesó ser el autor de los hechos delictuosos carece de trascendencia, si no justificó los motivos en que apoyó dicha retractación, como lo es la violencia de que diga haya sido objeto por parte del Ministerio Público, y si se advierte que para acreditar la responsabilidad penal del inculpado no sólo se cuenta en autos con su confesión, sino también con otros elementos de prueba.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/245171-d5b742b2/confesion-coaccionada · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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