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Modo: Corpus Pro

AGRARIO. POSESION. PRUEBA NECESARIA DE QUE SE TIENE PARA QUE EXISTA INTERES JURIDICO EN AMPARO.

Clave: — · Registro digital (IUS): 245252 · Tipo: Tesis aislada
Época: 7a. Época · Instancia: Sala Auxiliar · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 7a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Volumen 199-204, Séptima Parte; Pág. 312

El quejoso que no demuestra estar en posesión de la parcela a que se refiere la orden de desposeimiento que reclama, y los documentos que aporta al juicio como prueba de la posesión no son aptos para acreditar este hecho, no justifica su interés jurídico necesario para el ejercicio de la acción constitucional; en consecuencia, debe sobreseerse el amparo con apoyo en el artículo 74, fracción III, de la Ley de Amparo.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/245252-d5df63a6/agrario-posesion-prueba-necesaria-de-que-se-tiene · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo en revisión 444/83. J. Jesús Vázquez Campos y coagraviados. 28 de agosto de 1985. Mayoría de tres votos. Disidente: Guillermo Guzmán Orozco. Ponente: Víctor Manuel Franco Pérez. Séptima Epoca, Séptima Parte: Volúmenes 199-204, página 456. Amparo en revisión 4319/80. Grupo Comunal Solicitante de Tierras "Año de Juárez", Municipio de Mexicali, Baja California. 4 de diciembre de 1984. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Guillermo Guzmán Orozco. Ponente: Tarsicio Márquez Padilla.

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