CHEQUE SIN FONDOS, CUERPO DEL DELITO DE LIBRAMIENTO DE.
El artículo 193 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito tipifica el delito de libramiento de cheques sin fondos con elementos constitutivos propios: a) que se libre un cheque y b) que dicho cheque se presente en tiempo para su cobro y no sea pagado por causas imputables al propio librador, que difieren de los integrantes del ilícito de fraude genérico previsto en el artículo 386 del Código Penal Federal. En consecuencia, la circunstancia de que el legislador remitiera al fraude para efectos de la pena aplicable al responsable del citado delito especial, no implica que para la configuración del ilícito sea necesario que el activo engañe al pasivo o se aproveche del error en que éste se encuentre; luego siendo completamente distintos los contemplados en los indicados artículos 193 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito y 386 del Código Penal Federal, resulta correcto estimar que las circunstancias de que el reo diera los cheques postfechados y que el receptor lo supiera, no lo relevan de responsabilidad.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/245508-6c2f2c4b/cheque-sin-fondos-cuerpo-del-delito-de-libramiento · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- CHEQUES SIN FONDOS, CASO EN QUE SE COMETE EL DELITO DE FRAUDE POR EL LIBRAMIENTO DE. (s/clave)
- CHEQUES LIBRADOS SIN FONDOS (FRAUDE). (s/clave)
- CHEQUES SIN FONDO. (s/clave)
- CHEQUES SIN FONDOS, PENA APLICABLE AL DELITO DE. (s/clave)
- CHEQUES LIBRADOS SIN FONDOS. (s/clave)
- CHEQUES SIN FONDOS. (s/clave)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis