AGRAVIOS, INSUFICIENCIA DE LOS. PROCEDE CONFIRMAR LA RESOLUCION DEL JUEZ DE DISTRITO.
Si la parte quejosa en su escrito de agravios no expone razonamientos concretos sobre la ilegalidad de la resolución impugnada que sobreseyó el juicio, y únicamente sostiene como argumento el de que la sentencia fue omisa en el estudio de los conceptos de violación, de las pruebas y de los alegatos, dichos agravios son insuficientes para destruir las consideraciones que tuvo el Juez de Distrito para sobreseer el juicio, por lo que debe confirmarse la resolución impugnada.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/245956-e695b441/agravios-insuficiencia-de-los-procede-confirmar-la-resolucion · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo en revisión 6782/56. Rafael López García y coagraviados. 2 de octubre de 1973. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Raúl Cuevas Mantecón.
Amparo en revisión 5347/56. Estanislao García Cureño y coagraviado. 30 de octubre de 1973. Cinco votos. Ponente: Raúl Cuevas Mantecón.
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