Corpus Iuris Corpus · Iuris
✦ Corpus Búsqueda libre Leyes Jurisprudencia Precedentes Actualización legal

AGRARIO. PLANO DE EJECUCION DE UNA RESOLUCION PRESIDENCIAL, ELABORADO DE NUEVO. REVOCACION DEL ACUERDO QUE LO APRUEBA. NO AFECTA LOS INTERESES JURIDICOS DEL NUCLEO EJIDAL.

Clave: — · Registro digital (IUS): 246030 · Tipo: Tesis aislada
Época: 7a. Época · Instancia: Sala Auxiliar · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 7a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Volumen 46, Séptima Parte; Pág. 15

Las tierras a que tiene derecho un poblado que ha sido dotado de ellas por resolución presidencial, derivan exclusivamente de esta resolución; por lo que debe cumplimentarse otorgando la posesión definitiva en los términos del respectivo plano de localización aprobado por el Departamento de Asuntos Agrarios y Colonización. Si hecho lo anterior, el mismo Departamento revoca la aprobación que equivocadamente hizo de un posterior y diverso plano de ejecución, que se refiere a distintas tierras a las entregadas en posesión definitiva conforme al plano de localización aprobado, resulta evidente que en este caso, tal acto de revocación y sus consecuencias, al impugnarse en la vía de amparo, no afectan los intereses jurídicos del poblado quejoso, puesto que no tienden a desposeerlo de las tierras legítimamente dotadas que ya poseen, o a causarles molestia alguna, y en tales circunstancias opera la causal de improcedencia prevista por el legislador en la fracción V del artículo 73 de la Ley de Amparo y debe sobreseerse el juicio de garantías con tal fundamento y lo dispuesto en la fracción III del artículo 74 del mismo ordenamiento citado.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/246030-dafb3822/agrario-plano-de-ejecucion-de-una-resolucion-presidencial · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo en revisión 5693/66. Comisariado Ejidal del Poblado "La Isla", Municipio de Papantla, Veracruz. 4 de octubre de 1972. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Antonio Capponi Guerrero. Nota: En el Informe de 1972, la tesis aparece bajo el rubro "PLANO DE EJECUCION DE UNA RESOLUCION PRESIDENCIAL DOTATORIA DE EJIDOS. REVOCACION DEL ACUERDO QUE LO APROBO. CUANDO NO AFECTA LOS INTERESES JURIDICOS DEL POBLADO BENEFICIADO CON DICHA RESOLUCION.".

Jurisprudencia relacionada

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis