Corpus
Modo: Corpus Pro

PRUEBA TESTIMONIAL, VALOR DE LA (LEGISLACION DEL ESTADO DE COAHUILA).

Clave: — · Registro digital (IUS): 246456 · Tipo: Tesis aislada
Época: 7a. Época · Instancia: Sala Auxiliar · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 7a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Volumen 3, Séptima Parte; Pág. 67

Si bien es verdad que el sistema que recoge el Código de Procedimientos Civiles de Coahuila está basado en la libre apreciación de la prueba testimonial, sin embargo ese arbitrio judicial está restringido por determinadas reglas, basadas en los principios de la lógica, de las cuales no puede separarse al valorarla, como sucede cuando los testigos no presenciaron los hechos sobre los cuales deponen, sino que el conocimiento que tienen de los mismos lo han adquirido porque les fueron referidos por la parte que los presenta, en cuyo caso, sus atestados no pueden producir convicción plena, sobre todo si su testimonio no está apoyado en algún otro elemento probatorio.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/246456-7e52eef8/prueba-testimonial-valor-de-la-legislacion-del-estado · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo 9038/66. José Masso Jr. 20 de marzo de 1969. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Antonio Capponi Guerrero. Ponente: Salvador Mondragón Guerra.

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