Corpus
Modo: Corpus Pro

POSESION, FALTA DE PRUEBA DE LA, EN LA DEMANDA DE AMPARO. NO ES MOTIVO PARA DESECHARLA.

Clave: — · Registro digital (IUS): 247103 · Tipo: Tesis aislada
Época: 7a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 217-228, Sexta Parte; Pág. 445

Si la parte quejosa en su demanda de garantías se ostenta como poseedora de un predio afectado por resolución presidencial, hasta el momento, su manifestación la legítima para el ejercicio de la acción constitucional en defensa de la posesión que dice tener, situación que en todo caso habrá de demostrar durante el trámite del juicio de amparo, razón por la cual es incorrecto desechar la demanda de amparo sobre la base de que no hay prueba de la posesión.

TRIBUNAL COLEGIADO DEL DECIMO SEXTO CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/247103-568b4c60/posesion-falta-de-prueba-de-la-en-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo en revisión 167/87. Miguel García Cruces y coagraviados. 18 de agosto de 1987. Unanimidad de votos. Ponente: Ignacio Patlán Romero. Secretario: Lorenzo Palma Hidalgo.

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