ARRENDAMIENTO, CONTRATO VERBAL DE. TOCA AL ACTOR JUSTIFICAR TERMINOS Y CONDICIONES DEL MISMO NO OBSTANTE LA AUSENCIA DE EXCEPCIONES, CON MAYOR RAZON CUANDO SE CONTROVIERTE SU VIGENCIA.
Tanto el Juez de la instrucción como la Sala responsable, incurrieron en una indebida apreciación de la materia de la controversia y de las reglas sobre la distribución de la carga probatoria, si consideraron que a la demandada tocaba justificar la excepción opuesta del lapso de vigencia del contrato que adujo, en virtud de que al tenor del artículo 224, fracción I, del Código de Procedimientos Civiles de Nuevo León, "el que niega sólo está obligado a probar, cuando su negación no siendo indefinida envuelva la afirmación de un hecho", pasando por alto advertir que tal supuesto tiene lugar siempre y cuando previamente el actor justificó los hechos constitutivos de su acción, que en el caso en estudio consistió en su afirmación de que era indefinido el lapso de duración convenido, atento lo dispuesto por el artículo 223 del ordenamiento adjetivo invocado, que consigna el principio regulador de la carga de la prueba, de cuyo tenor "El actor está obligado a probar los hechos constitutivos de su acción y el reo los de sus excepciones, pero sólo cuando el actor pruebe los hechos que son el fundamento de su demanda, el reo está obligado a la contra prueba que demuestre la inexistencia de aquéllos, o a probar los hechos que sin excluir el hecho probado por el actor, impidieron o extinguieron sus efectos jurídicos", condición la enunciada que debió analizarse si la satisfizo el actor previamente al examen del argumento defensivo, máxime teniendo en cuenta la circunstancia de que fue verbal el arrendamiento, de modo que era insuficiente justificar la existencia del acto, sino también los términos y condiciones en que éste se celebró, y hecho que fuere entonces sí revertir la carga probatoria en la demandada de acreditar su excepción.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL CUARTO CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/247578-5b0d9dd9/arrendamiento-contrato-verbal-de-toca-al-actor-justificar · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
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