Corpus
Modo: Corpus Pro

JORNADA DE TRABAJO. HORAS DE REPOSO O DE COMIDA.

Clave: — · Registro digital (IUS): 248440 · Tipo: Tesis aislada
Época: 7a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 199-204, Sexta Parte; Pág. 95

De conformidad con el artículo 64 de la Ley Federal del Trabajo, cuando el trabajador no puede salir del lugar donde presta sus servicios, durante las horas de reposo o de comida, el tiempo correspondiente le será computado como tiempo efectivo de la jornada de trabajo. De lo cual deviene que al patrón toca la carga de probar durante el juicio que el trabajador descansaba la media hora que se interrumpían las labores fuera de la empresa o cuando menos que podía salir de la misma durante esa media hora.

TRIBUNAL COLEGIADO DEL OCTAVO CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/248440-805be633/jornada-de-trabajo-horas-de-reposo-o-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo 252/85. Marcelo González Ortiz. 30 de agosto de 1985. Ponente: Fernando A. Yates Valdez. Secretario: Xavier Luevano Mesta.

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