MUJER CASADA, NOMBRE DE LA.
En nuestro sistema jurídico el nombre completo de una persona se compone con el o los nombres propios y con el primer apellido del padre y de la madre; así se desprende de las normas contenidas en el capítulo segundo del libro primero del Código Civil para el Estado de Nuevo León, y no existe ninguna disposición que establezca o sancione la variación del nombre con motivo del cambio de estado civil, como ocurre con el matrimonio, de modo que, jurídicamente, el nombre de los contrayentes permanece inmodificado. Sin embargo, no puede desconocerse como uso social generalizado en nuestro medio, que las mujeres, al contraer matrimonio, agreguen a su nombre la preposición "de", seguida del primer apellido de su esposo. Por ello, la utilización que una mujer haga de su nombre siguiendo este uso no da lugar a considerar que usa un nombre diverso al que le corresponde, y menos aún cuando lo hace de tal manera que no hay confusión sobre su nombre completo, por mencionar ambos apellidos, además del que indica como perteneciente al cónyuge.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL CUARTO CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/248459-7f0c2de6/mujer-casada-nombre-de-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- NOMBRE DE LA MUJER CASADA. NO INDUCE A PRESUMIR QUE SE ESTÁ EN PRESENCIA DE DOS PERSONAS DISTINTAS, EL HECHO DE QUE SE AGREGUE EL PRIMER APELLIDO DEL MARIDO A SU NOMBRE Y APELLIDOS (I.5o.C.61 C)
- NOMBRE DE LA MUJER. EL HECHO DE QUE EN ALGUNOS DOCUMENTOS UTILICE EL APELLIDO DE SU CÓNYUGE FINADO (VIUDA DE), NO IMPLICA DESCONOCER QUE SE TRATA DE LA MISMA PERSONA. (I.3o.C.65 C (11a.))
- NOMBRE. SU USO INCOMPLETO ES INSUFICIENTE POR SÍ SOLO PARA DETERMINAR QUE SE TRATA DE PERSONA DIFERENTE AL INTERESADO (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE PUEBLA). (VI.4o.23 C )
- NOMBRE DE CASADA. CONSTITUYE UNA PRÁCTICA SOCIAL QUE NO PUEDE LLEVAR A DESCONOCER LA IDENTIDAD DE LA MUJER. (I.3o.C.15 C (10a.))
- NOMBRE. CAMBIO DEL. (s/clave)
- NOMBRE DE UNA MUJER. DESCONOCER QUE SE TRATA DE LA MISMA PERSONA POR EL HECHO DE QUE EN ALGUNOS DOCUMENTOS UTILICE EL APELLIDO DE SU CÓNYUGE FINADO (VIUDA DE), IMPLICA PERPETUAR LO (I.3o.C.64 C (11a.))
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis