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TESTAMENTO PRIVADO, FORMALIDADES DEL (LEGISLACION DEL ESTADO DE VERACRUZ).

Clave: — · Registro digital (IUS): 248523 · Tipo: Tesis aislada
Época: 7a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 199-204, Sexta Parte; Pág. 160

La formalidad fundamental que el testamento privado requiere para su existencia la constituye la presencia de los testigos que asistieron al acto, quiénes expondrán circunstancialmente los hechos que reseña el numeral 1501 del Código de Procedimientos Civiles vigente en el Estado de Veracruz, ante el Juez que conozca del caso, quien a su vez declarará conforme al diverso 1508 del mismo ordenamiento, que sus dichos son el formal testamento de la persona de que se trate; por lo que resulta intrascendente que no se haya asentado en el texto del documento que sí se había realizado la lectura en voz alta del mismo, pues independientemente que del numeral 1445 del código invocado, aplicable en su caso al testamento privado, no se advierte tal exigencia, ya que únicamente requiere que se le dé lectura a lo redactado, para que el testador manifieste si está conforme, lo que se desprende de su firma puesta al calce del escrito; de las declaraciones aludidas se obtiene la certeza de que se leyó al testador lo redactado en el multicitado documento, porque así lo expresaron los cinco testigos que asistieron a su otorgamiento y ello es suficiente para que el Juez declare sus dichos contestes, como el formal testamento de la persona de que se trate.

SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEPTIMO CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/248523-6f5d433f/testamento-privado-formalidades-del-legislacion-del-estado-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo en revisión 150/85. Luis y Eduardo Aguirre Domínguez. 8 de octubre de 1985. Unanimidad de votos. Ponente: Rafael Barredo Pereira. Secretaria: Mercedes Montealegre López.

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