VIOLACIONES PROCESALES. AMPARO INDIRECTO IMPROCEDENTE.
En los términos de la fracción IV del artículo 114 de la Ley de Amparo, corresponde a los Jueces Federales el conocimiento de los juicios de amparo que se promuevan contra actos en el juicio; sin embargo no todos éstos son susceptibles de impugnarse en amparo indirecto, sino sólo aquéllos que tengan una ejecución irreparable, lo que no ocurre tratándose de violaciones al procedimiento que afectan las defensas del o de los quejosos, que son susceptibles de reparación, y como tales sólo pueden ser reclamadas al promoverse, en su caso, amparo directo contra la sentencia definitiva.
TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA PENAL DEL PRIMER CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/248765-35e53722/violaciones-procesales-amparo-indirecto-improcedente · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- AMPARO INDIRECTO, PROCEDENCIA DEL, CONTRA ACTOS DENTRO DE JUICIO. (s/clave)
- VIOLACIONES PROCESALES REPARABLES Y TRASCENDENTES AL RESULTADO DEL FALLO. (s/clave)
- AMPARO INDIRECTO, PROCEDENCIA DEL, POR ACTOS DE EJECUCION IRREPARABLE. (s/clave)
- VIOLACIONES PROCESALES. SISTEMAS DE IMPUGNACIÓN EN EL JUICIO DE AMPARO. (III.1o.C.24 K )
- VIOLACIONES PROCESALES. CUANDO SON RECLAMABLES EN AMPARO INDIRECTO Y CUANDO EN AMPARO DIRECTO. (s/clave)
- VIOLACIONES PROCESALES, AMPARO DIRECTO E INDIRECTO. (s/clave)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis