SALARIO, LOS VIATICOS NO FORMAN PARTE DEL.
Con debida aplicación de la tesis jurisprudencial, publicada en el Informe de la H. Suprema Corte de Justicia, del año de 1981, número 181, fojas 140, bajo el RUBRO: "SALARIO, LOS VIATICOS NO FORMAN PARTE DEL", es de establecerse que los viáticos, o sea el pago de hospedaje y alimentación, le son entregados al trabajador para compensar los gastos extraordinarios que tiene que hacer por permanecer fuera del lugar de su residencia o domicilio habitual, laborando para el patrón, no pudiendo ser considerados por ende como una contraprestación del servicio desempeñado. Consecuentemente, la aplicación de la tesis "SALARIO, INTEGRACION DEL, PARA EL PAGO DE INDEMNIZACIONES" (amparo directo 1507/76, Angel Parra Carrillo, 21 de junio de 1976, 4a. Sala, Séptima Epoca, Volumen 90, Quinta Parte, página 27), no tiene ninguna relación con el presente caso.
TRIBUNAL COLEGIADO DEL DECIMO CUARTO CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/248793-ca265aca/salario-los-viaticos-no-forman-parte-del · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- SALARIO, LOS VIATICOS NO FORMAN PARTE DEL MISMO. (s/clave)
- SALARIO, LOS VIATICOS NO FORMAN PARTE DEL. (479)
- SALARIO, LOS VIATICOS NO FORMAN PARTE DEL. (s/clave)
- SALARIO, LOS VIÁTICOS NO FORMAN PARTE DEL.- (547)
- SALARIO, LOS VIÁTICOS NO FORMAN PARTE DEL. (301)
- VIATICOS, NO SON PRESTACIONES QUE INTEGRAN EL SALARIO. (s/clave)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis