AGRAVIOS EN LA APELACION PENAL, CONTRA LA RESOLUCION QUE TIENE POR NO DEMOSTRADA LA MATERIALIDAD DEL ILICITO.
Se deben de combatir en la apelación únicamente los razonamientos del Juez de la causa, cuando no se analice si se demostró o no la responsabilidad del acusado, sin que implique una suplencia de agravios el hecho de que el juzgador, una vez demostrada la materialidad del ilícito, analice si se demostró en autos la responsabilidad del acusado, si así lo hubiere solicitado en su escrito de conclusiones el órgano investigador, dado que en segunda instancia no hay reenvió.
TRIBUNAL COLEGIADO DEL OCTAVO CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/248806-e88d3e75/agravios-en-la-apelacion-penal-contra-la-resolucion · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
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