PODERES GENERALES OTORGADOS POR UNA SOCIEDAD MERCANTIL, EFECTOS DE LA FALTA DEL REGISTRO DE LOS.
Los poderes generales amplísimos deben inscribirse en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio, en términos del artículo 21, fracción VII, del Código de Comercio, pero únicamente para que surtan sus efectos contra terceros, así se desprende del artículo 26 del cuerpo de leyes en cita, al prevenir que los documentos que conforme a la ley deban registrarse y no se registren, sólo producirán efectos entre los otorgantes, pero no podrán producir perjuicios a terceros, los cuales si podrán aprovecharlos en lo que les fuere favorable. Aplicando por analogía las anteriores consideraciones es válido concluir que el registro de la protocolización de la escritura pública ante notario de la asamblea general de accionistas de una sociedad mercantil, en la cual se designa gerente general con las facultades propias de un poder general amplísimo, es necesario para que surta efectos en relación a terceros, mas no para acreditar su representación al ser emplazada la sociedad por su conducto en un juicio ejecutivo mercantil, cuando lo alega la misma, pues sería tanto como desconocer sus obligaciones contraídas por aquél, en su nombre.
TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEXTO CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/248929-0fdc0053/poderes-generales-otorgados-por-una-sociedad-mercantil-efectos · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- PODERES OTORGADOS POR SOCIEDADES MERCANTILES. REGISTRO DE LOS. (VI.2o. J/74)
- PODERES OTORGADOS POR SOCIEDADES MERCANTILES, REGISTRO DE LOS. (574)
- PODERES OTORGADOS. POR SOCIEDADES MERCANTILES. CUANDO NO ES NECESARIO SU REGISTRO. (899)
- PODERES OTORGADOS POR SOCIEDADES MERCANTILES. CUANDO NO ES NECESARIO SU REGISTRO. (1356)
- PODERES OTORGADOS POR SOCIEDADES MERCANTILES. CUANDO NO ES NECESARIO SU REGISTRO. (s/clave)
- PODERES OTORGADOS POR SOCIEDADES MERCANTILES. CUÁNDO NO ES NECESARIO SU REGISTRO.- (545)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis