Corpus Iuris Corpus · Iuris
✦ Corpus Búsqueda libre Leyes Jurisprudencia Precedentes Actualización legal

COSTAS, CONDENA EN, EN LOS JUICIOS EJECUTIVOS MERCANTILES. NO PROCEDE CUANDO NO SE DICTO SENTENCIA DE PRIMERA INSTANCIA.

Clave: — · Registro digital (IUS): 249109 · Tipo: Tesis aislada
Época: 7a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 181-186, Sexta Parte; Pág. 59

De conformidad con lo establecido por el artículo 1084, fracción III, del Código de Comercio, siempre se condenará al pago de costas, al que resulte condenado en el juicio ejecutivo mercantil, y al que lo intente si no obtiene sentencia favorable, debiendo hacerse tal condena en la primera instancia; sin embargo tal dispositivo debe interpretarse en el sentido de que el procedimiento de primera instancia culmine con el dictado de la sentencia, y no al caso de que el juicio ejecutivo termine por otra circunstancia.

TRIBUNAL COLEGIADO DEL OCTAVO CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/249109-4f5b8938/costas-condena-en-en-los-juicios-ejecutivos-mercantiles · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo en revisión 106/84. Ernesto Radillo Vázquez. 27 de abril de 1984. Unanimidad de votos. Ponente: Gustavo García Romero. Nota: En el Informe de 1984, la tesis aparece bajo el rubro "COSTAS. SU CONDENA EN LOS JUICIOS EJECUTIVOS MERCANTILES, NO PROCEDE CUANDO NO SE DICTO SENTENCIA DE PRIMERA INSTANCIA.".

Jurisprudencia relacionada

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis