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Modo: Corpus Pro

CONGRUENCIA, SENTENCIA QUE VIOLA EL PRINCIPIO DE (LITISPENDENCIA).

Clave: — · Registro digital (IUS): 250531 · Tipo: Tesis aislada
Época: 7a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 151-156, Sexta Parte; Pág. 55

Si al contestar si la demanda se opuso como excepción la de litispendencia y al dictarse la sentencia de segunda instancia el Magistrado responsable fue omiso en el estudio de la misma, no obstante que se hizo valer como agravio, por no haber abordado el análisis de la misma el a quo, tal actitud es violatoria del principio de congruencia que obliga al juzgador a dictar sus sentencias en concordancia con la demanda y contestación formuladas, respectivamente, por las partes, por lo que cuando ese principio es violado, procede conceder el amparo para que se pronuncie una nueva sentencia que se ocupe de las acciones y excepciones deducidas en juicio.

TRIBUNAL COLEGIADO DEL DECIMO PRIMER CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/250531-2d9491f1/congruencia-sentencia-que-viola-el-principio-de-litispendencia · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo 54/81. Salvador Méndez y otra. 9 de septiembre de 1981. Unanimidad de votos. Ponente: Ignacio Patlán Romero. Secretario: Lorenzo Palma Hidalgo. Nota: En el Informe de 1981, la tesis aparece bajo el rubro "PRINCIPIO DE CONGRUENCIA, SENTENCIA QUE VIOLA EL.".

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