LICENCIAS DE GIRO REGLAMENTADOS. SU NATURALEZA JURIDICA. INTERES JURIDICO.
La licencia o autorización supone la existencia de un derecho del particular, el que para ser ejercitado requiere de un acto de autoridad que lo permita, ya que el ejercicio incontrolado de aquel derecho puede ocasionar grave afectación al interés público. Es la eventual lesión que podrá derivar a la comunidad de un incontrolado ejercicio del derecho del particular, lo que exige que el Estado controle dicho ejercicio. La licencia o autorización puede considerarse como un acto jurídico de la administración pública que tiene por objeto constatar que la actividad del particular puede ser ejercida, ya sea en razón de oportunidad o bien porque se han satisfecho los requisitos legales o reglamentarios exigidos para el ejercicio de dicha actividad. Por tanto, la licencia o autorización tiene como efecto jurídico el de permitir el ejercicio de un derecho propio del particular, pero teniendo en cuenta un determinado interés público que se refleja en la disposición legal o reglamentaria, cuyo cumplimiento da lugar, en su caso, al otorgamiento de la referida licencia o autorización. De lo anterior se desprende que la intervención de la autoridad administrativa competente, como organismo de control, no se agota con el acto administrativo de otorgamiento de licencia o autorización, sino que aquella perdura precisamente para verificar si el particular cumple las disposiciones legales o reglamentarias que regulan el ejercicio de su derecho; de ahí que aun aceptándose que fuera válida la enajenación de "los derechos de legal funcionamiento del giro", a que haga referencia la quejosa en su demanda de garantías, no existiendo en autos prueba alguna en el sentido de que el agraviado ha solicitado, por traspaso, cumpliendo los requisitos legales o reglamentarios correspondientes, la expedición de una nueva licencia que ampare el giro de que se trata, debe concluirse que la parte agraviada no acreditó en el juicio constitucional que los actos reclamados afecten sus intereses jurídicos.
TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/250596-1fa6e30b/licencias-de-giro-reglamentados-su-naturaleza-juridica-interes · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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