ARMAS, ACOPIO DE. MATERIALIDAD DEL DELITO.
Para tener por acreditado el cuerpo del delito de acopio de armas previsto por el artículo 83, fracción II, de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, es indispensable que la conducta del agente activo revele un dolo específico, es decir, que las armas se reúnan con fines ilícitos, lo que en cada caso debe determinar el juzgador.
TRIBUNAL COLEGIADO DEL DECIMO SEGUNDO CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/250757-e96274e8/armas-acopio-de-materialidad-del-delito · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo en revisión 421/80. Antonio Osuna Chávez. 23 de enero de 1981. Unanimidad de votos. Ponente: Antonio Llanos Duarte.
Nota: En el Informe de 1981, la tesis aparece bajo el rubro "ACOPIO DE ARMAS, MATERIALIDAD DEL DELITO DE.".
Jurisprudencia relacionada
- ACOPIO DE ARMAS, INEXISTENCIA DEL DELITO DE.- (3488)
- ACOPIO DE ARMAS, INEXISTENCIA DEL DELITO DE. (s/clave)
- ARMAS, ACOPIO Y POSESION DE, NO DELICTUOSOS. (s/clave)
- ACOPIO DE ARMAS DE USO EXCLUSIVO DE LAS FUERZAS ARMADAS NACIONALES. PARA LA CONFIGURACIÓN DE ESTE DELITO NO SE REQUIERE QUE LAS ARMAS QUE EN NÚMERO MAYOR DE CINCO POSEA EL ACTIVO, (III.2o.P.157 P)
- ARMAS, ACOPIO DE, NO CONFIGURADO.- (290)
- ARMAS, ACOPIO DE, NO CONFIGURADO. (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis