Corpus
Modo: Corpus Pro

AUDIENCIA CONSTITUCIONAL, DIFERIMIENTO DE LA.

Clave: — · Registro digital (IUS): 250764 · Tipo: Tesis aislada
Época: 7a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 145-150, Sexta Parte; Pág. 44

De acuerdo con lo establecido por el artículo 152 de la Ley de Amparo, a diferencia de lo que sucede con motivo de la primera solicitud de diferimiento de la audiencia constitucional, en que el Juez de Distrito debe acceder a ello, requiriendo a las autoridades correspondientes para que expidan oportunamente los documentos que habrán de ser ofrecidos como prueba en el juicio de garantías, queda a su discreción, atendiendo a los autos, acordar favorablemente las ulteriores peticiones para aplazar dicha audiencia, aun en el caso de que la autoridad requerida no hubiese cumplido con su obligación de expedir tales documentos.

TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEXTO CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/250764-496e50d9/audiencia-constitucional-diferimiento-de-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Queja l/8l. Unión de Crédito de Atlixco, S.A. de C.V. 27 de marzo de 1981. Ponente: Mario Gómez Mercado. Secretario: Octaviano Escandón Báez. Queja 80/80. Gonzalo Domínguez Aguilar. 18 de marzo de 1981. Unanimidad de votos. Ponente: Gustavo Calvillo Rangel. Secretario: Enrique F. Campos Fritz.

Jurisprudencia relacionada

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
© 2026 Corpus Iuris · Información de carácter referencial. El texto de las tesis es información pública de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Compilación, búsqueda semántica y tesis relacionadas: © Corpus Iuris. Este contenido no constituye asesoría legal.

Información referencial — la responsabilidad de validar las citas es del usuario.