Corpus Iuris Corpus · Iuris
✦ Corpus Búsqueda libre Leyes Jurisprudencia Precedentes Actualización legal

DIVORCIO, ALIMENTOS PARA EL CONYUGE INOCENTE EN CASO DE. EL JUZGADOR SE ENCUENTRA OBLIGADO A DECRETARLOS DE OFICIO.

Clave: — · Registro digital (IUS): 250839 · Tipo: Tesis aislada
Época: 7a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 145-150, Sexta Parte; Pág. 104

Resulta intrascendente que la actora no hiciera referencia a los alimentos en los puntos petitorios de su libelo de demanda, ya que si el artículo 288 del Código Civil establece como sanción el pago de alimentos al cónyuge inocente, el juzgador se encuentra obligado a decretar ese pago en la sentencia, o en su caso decretar que se regule en ejecución de la misma, aun cuando no se hubiesen reclamado en la demanda, por ser una consecuencia legal del divorcio.

TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/250839-8ab69aff/divorcio-alimentos-para-el-conyuge-inocente-en-caso · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo 206/81. Silvia Gloria Wurm Berman. 19 de marzo de 1981. Unanimidad de votos. Ponente: Guillermo Baltazar Alvear. Secretario: Marco Antonio Rivera Corella. Nota: En el Informe de 1981, la tesis aparece bajo el rubro "ALIMENTOS PARA EL CONYUGE INOCENTE EN CASOS DE DIVORCIO. EL JUZGADOR SE ENCUENTRA OBLIGADO A DECRETARLOS DE OFICIO.".

Jurisprudencia relacionada

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis