Corpus
Modo: Corpus Pro

INFORME JUSTIFICADO. SI NIEGA EL ACTO NO REQUIERE COPIA DE CONSTANCIAS.

Clave: — · Registro digital (IUS): 251193 · Tipo: Tesis aislada
Época: 7a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 139-144, Sexta Parte; Pág. 87

Si bien es verdad que conforme al segundo párrafo del artículo 149 de la Ley de Amparo, las autoridades responsables tienen la obligación de acompañar a sus informes justificados copia certificada de las constancias que sean necesarias para apoyar dichos informes, lógicamente esa obligación existe cuando confiesan los actos reclamados, pero no cuando los niegan, porque en este último caso nada tienen que justificar, según el apotegma jurídico "negantis factum nulla est probatio".

TRIBUNAL COLEGIADO DEL DECIMO CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/251193-81c004f4/informe-justificado-si-niega-el-acto-no-requiere · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo en revisión 384/80. Miguel Abelardo Márquez Velasco. 9 de septiembre de 1980. Unanimidad de votos. Ponente: Vicente R. del Arenal Martínez. Secretario: Agustín Ramón Menéndez Rodríguez. Nota: En el Informe de 1980, la tesis aparece bajo el rubro "INFORMES JUSTIFICADOS.".

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