Corpus
Modo: Corpus Pro

AUTORIDAD RESPONSABLE, REVISION IMPROCEDENTE, SI QUIEN LA INTERPONE LO HACE "P.A." DE LA AUTORIDAD RESPONSABLE.

Clave: — · Registro digital (IUS): 252378 · Tipo: Tesis aislada
Época: 7a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 109-114, Sexta Parte; Pág. 34

Resulta improcedente el recurso de revisión, cuando quien lo hace valer firma el oficio de agravios "P.A." de la autoridad responsable, por no saber con certeza si la persona que firma lo hace "por ausencia" o "por acuerdo", sin que tampoco se pueda determinar si quien firma posee facultades para interponer recurso de revisión en el juicio de garantías, razón por la que no puede tenerse por interpuesto el recurso, ya que no es admisible que las autoridades empleen términos dubitables para expresar el carácter o la representación con que comparecen a juicio, dado que la contraparte tiene derecho a conocer, tales circunstancias a efecto de estar en aptitud de objetar el carácter, la personalidad o la representación de las autoridades.

TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/252378-b1659197/autoridad-responsable-revision-improcedente-si-quien-la-interpone · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo en revisión 1006/77. Rafael Díaz Rubio y otro. 2 de febrero de 1978. Unanimidad de votos. Ponente: Gilberto Liévana Palma. Secretario: Enrique Ramón García Vasco. Séptima Epoca, Sexta Parte: Volúmenes 109-114, página 241. Amparo en revisión 843/77. Societé Anonyme Chanel. 8 de diciembre de 1977. Unanimidad de votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Volúmenes 97-102, página 44. Amparo en revisión 219/77. Manuel Peña Rodríguez. 25 de marzo de 1977. Unanimidad de votos. Ponente: Gilberto Liévana Palma. Volúmenes 97-102, página 44. Amparo en revisión 216/77. Isabel Reyes Guevara. 10 de marzo de 1977. Unanimidad de votos. Ponente: Sergio Hugo Chapital Gutiérrez. Nota: En el Informe de 1978, la tesis aparece bajo el rubro "REVISION IMPROCEDENTE, SI QUIEN LA INTERPONE LO HACE 'P.A.' DE LA AUTORIDAD RESPONSABLE.".

Jurisprudencia relacionada

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
© 2026 Corpus Iuris · Información de carácter referencial. El texto de las tesis es información pública de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Compilación, búsqueda semántica y tesis relacionadas: © Corpus Iuris. Este contenido no constituye asesoría legal.

Información referencial — la responsabilidad de validar las citas es del usuario.