Corpus
Modo: Corpus Pro

COMPRAVENTA PACTADA EN ABONOS. CONSECUENCIAS DE SU RESCISION EN LA LEGISLACION DE CHIHUAHUA.

Clave: — · Registro digital (IUS): 253022 · Tipo: Tesis aislada
Época: 7a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 97-102, Sexta Parte; Pág. 65

Es bien sabido que la regla específica hace inaplicable la general, y así el artículo 2189 del Código Civil del Estado de Chihuahua contiene una regla específica para cuando se rescinde la venta en que se ha pactado pagar el precio en abonos, por lo que no cobra aplicación el artículo 1691 del mismo ordenamiento que engloba la regla general sobre el pago de daños y perjuicios para el caso de rescisión de obligaciones recíprocas. Por tanto, si el mencionado artículo 2189 dispone que si se rescinde la venta, vendedor y comprador deben restituirse las prestaciones que se hubieren hecho, pero el vendedor que hubiere entregado la cosa vendida, puede exigir del comprador por el uso de ella, el pago de un alquiler o renta que fijarán peritos, y una indemnización, también fijada por peritos, por el deterioro que haya sufrido la cosa, cabe considerar que es plenamente operante el citado artículo 2189 si la compraventa se pacto bajo la modalidad de pagar el precio en abonos y, por ende, dada la circunstancia de su rescisión, las consecuencias de ésta no pueden ser otras que las que restrictivamente señala el propio precepto, de donde se concluye que es correcto condenar al vendedor a restituir al comprador la prestación hecha a la vendedora, sin que corresponda condenar a la compradora a hacer restitución alguna, si no se le entregó el uso de la cosa vendida, y consecuentemente, ante la ausencia de dicha entrega, tampoco tiene derecho la vendedora a exigir el pago de la renta o indemnización a que alude el referido precepto y mucho menos al pago de los perjuicios que haga derivar de la imposibilidad de concertar nuevas operaciones de compraventa al estar vigente el contrato cuya rescisión demandó, ya que este último efecto está en oposición con la letra y el espíritu del comentado artículo 2189.

TRIBUNAL COLEGIADO DEL OCTAVO CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/253022-3d5cee50/compraventa-pactada-en-abonos-consecuencias-de-su-rescision · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo 217/76. Consuelo García de la Paz. 7 de enero de 1977. Unanimidad de votos. Ponente: Carlos Villegas Vázquez.

Jurisprudencia relacionada

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
© 2026 Corpus Iuris · Información de carácter referencial. El texto de las tesis es información pública de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Compilación, búsqueda semántica y tesis relacionadas: © Corpus Iuris. Este contenido no constituye asesoría legal.

Información referencial — la responsabilidad de validar las citas es del usuario.