Corpus
Modo: Corpus Pro

TERCERO PERJUDICADO. PUEDE SER ADMITIDO AUNQUE ESTE SUPEDITADO EL JUICIO.

Clave: — · Registro digital (IUS): 254171 · Tipo: Tesis aislada
Época: 7a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 83, Sexta Parte; Pág. 78

Este tribunal estima que asiste la razón al Juez de Distrito al afirmar que la suspensión del procedimiento, con motivo de una petición de acumulación (artículo 62 de la Ley de Amparo), no puede referirse a actos que no impulsan o continúan el procedimiento. Y el limitarse a reconocer como tercero perjudicado a quien tiene a su favor algún indicio de su interés en el litigio, no implica que el Juez haya violado la suspensión del procedimiento. En primer lugar, no puede decirse que el artículo 62 implique una suspensión absoluta, sin distingos de ninguna especie, que impidiera señalar nuevo domicilio, o nuevo autorizado, o pedir copias, etcétera. En segundo lugar, el admitir al tercero no implica que el procedimiento avanzó en materia de pruebas o alegatos. Y en tercer lugar, hubo algún cambio procesal en el reconocimiento de una nueva parte, este cambio debe correctamente tener lugar antes de que se resuelva sobre acumulación, o sobre cualquiera otra cuestión procesal de importancia sustancial en el litigio, pues si la propia parte quejosa está obligada, en su demanda, a señalar a quienes deben intervenir como terceros, es claro que la falta de cumplimiento de esa obligación (sobre lo que no debe resolverse prima facie, al admitir a la tercera, sino al final del juicio, después de pruebas y alegatos) no debe generarlo el beneficio de litigar sin intervención de la tercera, ni a ésta el perjuicio de que alguna fase del procedimiento se resuelva sin haberla tenido como parte, especialmente si se toma en cuenta que así puede ya intervenir en el incidente de suspensión, cuya tramitación no se suspende y no debe continuar sin su intervención.

PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/254171-525c6d2b/tercero-perjudicado-puede-ser-admitido-aunque-este-supeditado · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Queja 124/74. Jorge Reyes Tayabas, apoderado de "Transportes del Pacífico", S.A. de C.V. 4 de noviembre de 1975. Unanimidad de votos. Ponente: Guillermo Guzmán Orozco.

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