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Modo: Corpus Pro

MILITARES, INUTILIZACION DE LOS. "ACTOS DEL SERVICIO".

Clave: — · Registro digital (IUS): 255248 · Tipo: Tesis aislada
Época: 7a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 71, Sexta Parte; Pág. 39

La noción de "actos del servicio", que contiene el artículo 61 de la Ley de Retiros y Pensiones Militares, y cuyo precepto aludido enumera la forma en que será probada la inutilización por lesiones sufridas en dichos actos del servicio, debe entenderse en sentido amplio, es decir, debe abarcar los casos en que un miembro del Ejército sufre lesiones cuando está adscrito al servicio de determinada corporación militar y, con motivo de ese servicio, sufre alguna lesión o lesiones que lo inutilizan para el propio servicio, y no solamente cuando se encuentre desempeñando alguna misión que específicamente le haya sido encomendada pues, de otra manera, se aplicaría en forma injusta y contraria a su interpretación jurídica, la disposición legal de que se trata, pues si aparece comprobado que el militar se encontraba en un local militar al que pertenecía, y estaba ejecutando un acto lícito, cuando fue víctima de los disparos de arma de fuego hechos por un compañero de corporación, que precisamente lo inutilizaron para el servicio, sin que aparezca que el propio reclamante haya participado en alguna riña, o que haya provocado a su agresor, o que estuviere ejecutando algún acto ilícito, jurídicamente debe entenderse que se encontraba dentro del servicio militar y que, por tanto, deben serle concedidos los beneficios a que resulta tener derecho en esa hipótesis legal.

SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/255248-cda5673b/militares-inutilizacion-de-los-actos-del-servicio · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo 254/74. Salvador Cuevas Gradilla. 13 de noviembre de 1974. Unanimidad de votos. Ponente: Abelardo Vázquez Cruz.

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