MILITARES, BAJA DE LOS. PROCESO PENDIENTE.
Si un militar se encuentra procesado por un delito castrense razón por la cual podría encontrarse colocado en situación de no poder cumplir con sus obligaciones militares por causas no imputables a la Secretaría de la Defensa Nacional, lo cierto es que si según constancias de autos, su causa se encuentra en estado de instrucción y si no se ha determinado su responsabilidad en el delito del que se le acusa, no se sabe si será absuelto o declarado culpable, por lo que tampoco se puede determinar que se haya colocado por causas imputables a él, en la situación prevista como causal de baja pues de ser absuelto, no le será imputable la situación en que se encuentra, para no poder prestar sus servicios.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/255470-0750d38e/militares-baja-de-los-proceso-pendiente · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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