Corpus
Modo: Corpus Pro

PRUEBA TESTIMONIAL EN AMPARO. TERMINO PARA SU OFRECIMIENTO.

Clave: — · Registro digital (IUS): 255484 · Tipo: Tesis aislada
Época: 7a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 67, Sexta Parte; Pág. 69

El anuncio y la prueba testimonial ofrecida por el promovente del amparo no puede tenerse por extemporáneo si entre la fecha en que surte sus efectos el auto de admisión de la demanda y la de audiencia constitucional, no median los cinco días hábiles naturales y completos que exige la Ley de Amparo para su ofrecimiento.

TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEGUNDO CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/255484-9660a45b/prueba-testimonial-en-amparo-termino-para-su-ofrecimiento · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Queja 35/74. Carlos del Hierro Pineda. 5 de julio de 1974. Unanimidad de votos. Ponente: Luz María Perdomo Juvera. Nota: En el Informe de 1974, la tesis aparece bajo el rubro "PRUEBA TESTIMONIAL. TERMINO PARA SU OFRECIMIENTO.".

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